martes, 10 de agosto de 2021

Protocolo Desarrollo de clases presenciales desde el 17 de agosto

 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"

PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE CLASES PRESENCIALES

Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y

nueva información que se disponga de la pandemia en curso.

1. OBJETO

El presente documento tiene por objeto establecer pautas y lineamientos,

generales y específicos, para la elaboración de medidas de prevención con el fin

de mitigar el riesgo de contagio de COVID-19 en la población sujeto de este

protocolo e indicar a las personas que desarrollan actividades en el

establecimiento cómo proceder ante la detección de un caso sospechoso durante

el desarrollo de las actividades.

Se considerarán todas las etapas que conforman un día de actividad escolar,

teniendo en cuenta que las pautas y medidas detalladas en el presente

documento están basadas en las recomendaciones efectuadas a la fecha por el

Ministerio de Salud, las que se encuentran en revisión permanente, pudiendo ser

ampliadas o modificadas de acuerdo a los cambios que surjan respecto a la

situación epidemiológica y cualquier otra directiva que emane de las autoridades

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2. ALCANCE

El presente documento será de aplicación, en todos sus términos, a los

establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario, y de las

modalidades de especial y de jóvenes y adultos, de gestión estatal y privada de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

a. Estudiantes

El grupo burbuja es el aula completa de cada sala/grado/año/curso acorde a la

capacidad de ocupación del establecimiento educativo.

b. Personal docente y no docente

Para el caso de docentes que participen o impartan clases en más de un grupo

burbuja, se deberán extremar las medidas de seguridad del presente protocolo,

tales como, mayor distanciamiento del docente respecto de los estudiantes, evitar

la circulación por el aula/espacio, entre otras.

Asimismo, las/os docentes continuarán promoviendo el cumplimiento de las

medidas establecidas por este protocolo de forma constante, para que las

mismas se vuelvan habituales.

c. Grupos en riesgo y enfermedades preexistentes

Las/os docentes y no docentes con comorbilidades definidas oportunamente por

la autoridad sanitaria, convocados a trabajar conforme la normativa vigente, que

aún no hayan recibido la segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19, serán

convocados en forma urgente a completar el esquema de vacunación. En caso

que el personal no tome los turnos que se le disponen, deberá continuar con sus

labores frente al aula o en la escuela.

Las/os estudiantes, con comorbilidades definidas oportunamente por la autoridad

sanitaria, que no cuenten con el esquema de vacunación completo, podrán

exceptuarse de asistir de manera presencial al establecimiento educativo,

debiendo presentar el certificado médico correspondiente.

Las/os estudiantes, docentes y no docentes con las siguientes comorbilidades

continúan dispensados de concurrir a los establecimientos educativos:

- Personas con Insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de

ingresar a diálisis en los siguientes seis meses,

- Persona con Inmunodeficiencias: Congénita, asplenia funcional o

anatómica (incluida anemia drepanócítica) y desnutrición grave • VIH

dependiendo del status (< de 350 CD4) detectable),

- Tratamiento medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis

(mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su

equivalente por más de 14 días),


- Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica

hasta seis meses posteriores a la remisión completa con tumor de órgano

sólido en tratamiento trasplantados de órganos sólidos o de precursores

hematopoyéticos.

Aquellos estudiantes que convivan con una persona con alguna de las

comorbilidades definidas oportunamente por la autoridad sanitaria, y que dicha

persona conviviente no tenga el esquema completo de vacunación COVID 19,

podrán exceptuarse de asistir de manera presencial al establecimiento educativo,

debiendo presentar el certificado médico correspondiente.

Para dichos grupos de estudiantes, continuarán brindando alternativas remotas

para garantizar la continuidad pedagógica.

3. PAUTAS GENERALES

Para el desarrollo de clases presenciales será necesaria la aplicación de pautas

generales con carácter obligatorio para estudiantes, personal docente y no

docente y toda otra persona que deba ingresar y/o permanecer en el

establecimiento.

Cada Establecimiento Educativo podrá adecuar, de ser necesario, su plan de

organización interna conforme los lineamientos del presente. Para ello contarán

con el acompañamiento de equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de

Educación de la Ciudad.

a. Medida de Distanciamiento

Entre los diferentes grupos burbujas se deberá respetar la medida de

distanciamiento social de al menos 1,5 metros.

El personal docente y no docente del establecimiento deberá cumplir en todo

momento con la medida de distanciamiento social antes indicada.

Para el caso de Nivel Inicial, las/os docentes deberán continuar con la

intensificación de las restantes medidas establecidas en el presente documento

(uso de tapaboca, máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos,

limpieza, desinfección, etc.).

En el caso de aquellos estudiantes que requieran apoyo, se deberán intensificar

las restantes medidas establecidas en el presente documento (uso de tapaboca,

máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos, limpieza, desinfección,

etc.).

b. Elementos de Protección

Es obligatorio, para el ingreso y permanencia en los establecimientos educativos,

el uso de tapaboca en todo momento, que debe cubrir por completo la nariz,

boca y mentón, conforme establece la Resolución de Firma Conjunta N°

15-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 17-GCABA-MJGGC/20.

Las/os niñas/os de hasta 2 años de edad se encuentran exceptuados del uso de

tapaboca.

Las/os niñas/os de salas de 3 a 5 años de edad que cuenten con la autonomía

suficiente para colocarse y quitarse el tapabocas por sus propios medios,

deberían usarlo durante todo el tiempo que sea posible, en términos generales y

de forma continua, excepto para comer/beber y realizar actividad física.

Para las/os estudiantes de la modalidad especial que, por su perfil sensorial u otra

característica específica relacionada a la condición de discapacidad, no estén en

condiciones de utilizar el tapabocas durante toda la jornada escolar, deberán

extremarse las demás medidas de prevención.

Las/os docentes deberán concurrir al establecimiento educativo con tapaboca,

que deberán mantener correctamente colocado.

Adicionalmente, el empleador/a proveerá máscara facial.

El personal no docente deberá utilizar los elementos de protección que sean

necesarios conforme el tipo de actividad a realizar.


c. Control de temperatura

Se deberá tomar la temperatura a todas las personas que ingresen al

establecimiento educativo. La persona que sea designada por el equipo de

conducción para realizar esta tarea deberá utilizar tapaboca, máscara facial y

mantener distancia.

Deberá emplearse un termómetro infrarrojo que no implique el contacto con la

piel, el que será provisto por el/la empleador/a.

No podrán ingresar al establecimiento educativo aquellas personas cuya

temperatura sea igual o mayor a 37.5 °C.

d. Método adecuado para la higiene personal

i. Lavado de manos con agua y jabón

Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el

lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos.

Para un adecuado lavado de manos con agua y jabón se deberán seguir los pasos

indicados en la siguiente ilustración:

Es importante hacerlo frecuentemente sobre todo:

- Antes de salir de casa y al llegar al establecimiento educativo.

- Antes y después de los descansos programados.

- Antes y después de comer y manipular alimentos.

- Antes y después de ir al baño.

- Antes y después de manipular basura o desperdicios.

- Luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores,

pasamanos, picaportes, interruptores, barandas, etc.

- Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.

- Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.

Ante la imposibilidad del lavado de manos con agua y jabón se puede utilizar

alcohol en gel o alcohol al 70%, con la supervisión de un/a adulto/a para el caso de

niñas y niños y siempre que las manos no estén visiblemente sucias o con restos

orgánicos.

ii. Adecuada higiene respiratoria

La higiene respiratoria se refiere a las medidas de prevención para evitar la

diseminación de secreciones al hablar, toser o estornudar.

En consecuencia, se deberá:

- Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del

codo o usar un pañuelo descartable y desechar de forma inmediata a la

basura.


- Utilizar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos

utilizados.

- Higienizarse las manos después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.

iii. Para una adecuada higiene y desinfección de elementos personales







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